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La compraventa (en latín emptio venditio) es un contrato consensual, bilateral, oneroso y típico en virtud del cual una de las partes ( vendedor ) se obliga a dar algo en favor de la otra (comprador) a cambio de un precio en dinero.
Importancia
Este contrato es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata del contrato tipo traslativo de dominio y, además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza ; es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estudio especial.
Como contrato tipo de los translativos de dominio, aplicaremos sus reglas principales a la permuta; sufrirán estas modificaciones esenciales en la donación ; también recurriremos a la compraventa para explicar ciertas especialidades del mutuo, de la sociedad, de la transacción y de la renta vitalicia.
Por otra parte, la compraventa constituye el medio primordial de adquirir el dominio. Las formas de adquisición del dominio están representada por el contrato, la herencia, la prescripción, la ocupación, la accesión, la adjudicación y la ley. El contrato es en el derecho moderno la forma principal de adquirir la propiedad dentro de los contratos translativos de dominio.
La compraventa en el derecho latino moderno, que deriva del Código Napoleón, es un contrato translativo de dominio, que se define como el contrato por virtud del cual una parte, llamada vendedor, transmite la propiedad de una cosa o de un derecho a otra, llamada comprador, mediante el pago de un precio cierto y en dinero.
Características
Un contrato de compraventa es un contrato :
Bilateral. Es un contrato bilateral porque engendra derechos y obligaciones para ambas partes.Oneroso. Porque confiere provechos y gravámenes también recíprocos.Conmutativo. Generalmente es conmutativo, por cuanto que las prestaciones son ciertas y determinadas al realizar el contrato.Consensual.